La propia designación unilateral va en contra de los principios fundamentales del derecho internacional, aseguran los relatores. Los derechos humanos fundamentales, incluidos el derecho a la alimentación, el derecho a la salud, el derecho a la educación, los derechos económicos y sociales, el derecho a la vida y el derecho al desarrollo, se ven afectados negativamente por las restricciones. |
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